La Comisión agradece al Presidente Danilo Medina, su Gobierno y
al pueblo dominicano todas las facilidades brindadas para la realización de
esta visita. En particular, la CIDH valora y agradece el apoyo de las
autoridades de Gobierno y de las organizaciones de la sociedad civil. Muy
especialmente, la Comisión valora y agradece a las 3.994 personas que se
acercaron a presentar testimonios, denuncias y comunicaciones.
A través de la visita, la CIDH ha podido valorar diversos
avances en el desarrollo de la institucionalidad democrática y la protección de
los derechos humanos. En especial, la Comisión valora y saluda como un avance
muy positivo la incorporación directa al derecho interno, con rango
constitucional, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y todos los compromisos
internacionales adoptados por el Estado en la materia, a través de la reforma
de la Constitución del año 2010.
La Comisión Interamericana recibió durante la visita información
preocupante sobre graves vulneraciones al derecho a la nacionalidad, a la
identidad, a la igualdad ante la ley, y a la no discriminación. Las violaciones
al derecho a la nacionalidad, que la Comisión había observado en su última
visita in loco, realizada en 1997, continúan, y la situación se ha agravado
debido a la Sentencia TC 0168/2013 del Tribunal Constitucional. Como
consecuencia de la sentencia, un número indeterminado pero muy significativo de
dominicanos y dominicanas, que diversas fuentes estiman en más de 200.000
personas, han sido privados arbitrariamente de su nacionalidad como
consecuencia de esta Sentencia. Como resultado, estas personas han visto
violado su derecho a la personalidad jurídica, y viven sumidos en una condición
de extrema vulnerabilidad. Esta situación afecta en forma desproporcionada a
las personas de ascendencia haitiana, quienes son también personas
afrodescendientes y frecuentemente identificados sobre la base del color de su
piel, constituyendo una violación al derecho a la igualdad y a la no
discriminación.
La Comisión estima que la Sentencia del Tribunal Constitucional
conlleva a una privación arbitraria de la nacionalidad. La Sentencia tiene un
efecto discriminatorio, dado que impacta principalmente a personas dominicanas
de ascendencia haitiana, quienes son personas afrodescendientes; priva de la
nacionalidad retroactivamente; y genera apatridia respecto de aquellas personas
que no son consideradas como nacional suyo por ningún Estado, conforme a su
legislación.
La privación arbitraria de la nacionalidad y la falta de
reconocimiento de la personalidad jurídica de estas personas como resultado de
no estar registrados o de las dificultades en el acceso a los documentos de
identidad genera una situación de extrema vulnerabilidad en la cual se producen
violaciones a otros múltiples derechos humanos. La Comisión observa que la
Sentencia 168/13 afecta desproporcionadamente a personas ya sujetas a múltiples
formas de discriminación, en particular con base en la raza y la pobreza. La
CIDH visitó varios bateyes en diversos puntos del país y constató las condiciones
de pobreza, exclusión y discriminación bajo las cuales viven sus habitantes. La
pobreza afecta desproporcionadamente a las personas de ascendencia haitiana, y
esto guarda relación con los obstáculos que enfrentan en el acceso a sus
documentos de identidad.
En otro orden, la Comisión Interamericana recibió información
profundamente preocupante acerca de expresiones contra periodistas,
intelectuales, abogados, políticos, legisladores, defensores de derechos
humanos, figuras públicas e incluso servidores públicos de alto nivel que han
criticado la Sentencia del Tribunal Constitucional. Estas personas han sido
calificadas como “traidores a la patria”, han sido objeto de amenazas y se ha
llamado públicamente a dar “muerte a los traidores”. La Comisión también
expresa su preocupación de que la intolerancia y el discurso racista cree un
ambiente que incremente la vulnerabilidad frente a la violencia de las personas
de descendencia haitiana. La Comisión hace un llamado a las autoridades a
contribuir decisivamente a la construcción de un clima de tolerancia y respeto
en el cual todas las personas puedan expresar su pensamiento y opiniones sin
miedo a ser agredidas, sancionadas o estigmatizadas por ello.
La Comisión Interamericana realizó la visita que concluye hoy
con el fin de analizar de primera mano la situación de las personas afectadas
por la Sentencia 168-13 a la luz de los estándares del Sistema Interamericano
de los Derechos Humanos. De acuerdo con su práctica, la Comisión comparte hoy
sus observaciones preliminares sobre la situación con base en la visita
realizada, y expresa su voluntad de colaborar con el Estado en la búsqueda de
soluciones que protejan los derechos fundamentales y cumplan con los estándares
internacionales en materia de derechos humanos.
Autoridades del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo
expresaron a la Comisión Interamericana que reconocen la existencia de un
problema respecto del ejercicio del derecho a la nacionalidad por parte de
personas de ascendencia haitiana, y conscientes de la necesidad de encontrar
una solución. En este sentido, y con el espíritu de colaborar en la búsqueda de
una solución respetuosa de los derechos humanos, la Comisión destaca que las
medidas que se adopten para responder a los desafíos identificados en cuanto al
derecho a la nacionalidad, en particular los evidenciados por la sentencia
168-13 del Tribunal Constitucional, deberían tener las siguientes
características:
1) Debe garantizar el derecho a la nacionalidad de las personas
que ya tenían este derecho bajo el régimen interno vigente entre 1929 y
2010.
2) No se puede exigir que las personas con derecho a la
nacionalidad, como aquéllas desnacionalizadas bajo la sentencia 168-13, se
registren como extranjeros como requisito para el reconocimiento de sus
derechos.
3) Las medidas para garantizar el derecho a la nacionalidad de
las personas perjudicadas por la Sentencia 168-13 deben ser generales y
automáticas. Dichos mecanismos deben ser sencillos, claros, rápidos y justos.
No pueden ser discrecionales o implementados en forma discriminatoria.
4) Los mecanismos deben ser accesibles en términos económicos.
Finalmente, la Comisión destaca que toda persona tiene el
derecho de contar con la protección y las garantías judiciales, en forma
accesible y eficaz, para salvaguardar los derechos a la nacionalidad,
identidad, igualdad y no discriminación, que forman el enfoque principal de la
presente visita.
Este comunicado tiene un anexo, consistente en las Observaciones
Preliminares de la CIDH sobre la visita.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de
los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene
el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y
actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada
por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de
la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
Mas detalles visite http://www.oas.org/
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