jueves, 1 de marzo de 2012

La 'ley Sinde-Wert' entra en vigor

Los primeros cierres de webs llegarán a finales de marzo
Unas 40 páginas serán denunciadas en los primeros días de aplicación 
Hoy entra en vigor el reglamento que desarrolla la ley Sinde-Wert. Hasta ahí, las certezas. Y desde aquí, las preguntas, que se pueden resumir en una: en plena era pos-cierre-de-Megaupload, en la que, como indican los expertos, ha vuelto con fuerza el viejo método del p2p (dos usuarios comparten un contenido sin, en principio, ánimo de lucro)... ¿nace desfasada la norma antidescargas que permitirá el cierre de páginas web que sin autorización sirvan o enlacen a contenidos sujetos a derechos de autor? Muchas de las más utilizadas, entre otras SeriesYonkis y CineTube, han visto cómo sus enlaces han dejado de apuntar a los contenidos alojados en la intervenida Megaupload antes del ciclón FBI.


De momento, la Sección Segunda de la Comisión de la Propiedad Intelectual (el quid de la cuestión de la ley Sinde-Wert) ya está constituida: la integran funcionarios de los Ministerios de Educación, Cultura y Deporte, Industria, Presidencia y Economía y está presidida por la nueva mujer fuerte de la Secretaría de Estado de Cultura, María Teresa Lizaranzu, directora general de Política e Industrias Culturales y del Libro. Las denuncias llegarán desde hoy mismo. Hasta unas 40, según un sondeo entre los principales actores de la Industria. Ellos —asociaciones como Egeda (productores), Promusicae (musical), FAP (audiovisual) o Cedro (editorial)— llevarán la iniciativa de la persecución, que solo emprenderá la Comisión de Propiedad Intelectual a instancia de parte, es decir, tras la demanda del titular de los derechos. "Vamos a intentar hacer la vida lo más incómoda posible a aquellas páginas que aparezcan o que se mantengan en su actividad", señala Antonio Guisasola, de Promusicae.

Los primeros cierres de webs se esperan tan pronto como a finales de marzo; el proceso, cuya dilatación en el tiempo se pretendía evitar, puede tomar entre 20 días y tres meses como máximo. En ese intervalo se aplicará, como ya diseñó el anterior Ejecutivo socialista antes de renunciar en los estertores de su mandato a desarrollar el reglamento, un procedimiento mixto administrativo-judicial en el que la intervención del juez puede ser solicitada en dos momentos: al principio, a la hora de identificar al posible infractor (tarea para la que se requerirá la ayuda de las operadoras), y al final, en el momento de ejecutar la interrupción del servicio o la retirada de los contenidos sujetos a derechos de autor. Si llegara a producirse, el cierre de la web infractora o la suspensión del servicio solo afectará a sitios españoles (también se podrá bloquear el acceso desde España a portales extranjeros) y tendrá efecto durante un año, salvo si el titular de la página cumple antes con las exigencias de la ley.

Desde la industria y las entidades de gestión saludan la entrada en vigor de la norma y hacen énfasis en la necesidad de utilizar este mecanismo de manera permanente. Con todo, nadie niega el carácter simbólico de las primeras denuncias. "Esto va a ser algo continuo. Si funciona —y esperemos que lo haga— es una herramienta que vamos a utilizar", apunta José Manuel Tourné, presidente de la Federación para la Protección de la Propiedad Intelectual (FAP).

El cierre del portal Megaupload dejó sin contenidos los sitios más populares
Una página del Ministerio de Educación y Cultura, la llamada Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de Cultura (https://sede.mcu.gob.es) es la puerta de acceso para iniciar los trámites de denuncia. Para entrar en ella será necesario contar con un DNI electrónico u otro tipo de certificado de los reconocidos por la Administración.

Además, según una orden ministerial publicada ayer [ver en PDF], tanto las personas físicas como las jurídicas que sean responsables de una página web, estarán obligados a comunicarse con la Comisión de Propiedad Intelectual y admitir notificaciones de esta siempre por medios electrónicos. Esta obligatoriedad también se aplica a las operadoras y empresas que prestan servicios a webs. "Parece coherente que para resolver un problema de la sociedad de la información se haga de manera telemática. Es una de las ventajas de Internet. Todas las webs ya tienen que estar en un registro del Ministerio de Industria y cumplir requisitos que se indican en la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información", señala Tourné.

La entrada en vigor de la ley Sinde-Wert se plantea como un peldaño preliminar en el proceso de la anhelada reforma de la Ley de Propiedad Intelectual; una reforma que debe abordar temas polémicos como las alternativas al llamado canon digital y a la gestión colectiva de los derechos de autor. El Grupo Parlamentario Izquierda Plural (IU, ICV-EUiA y CHA) registró ayer en el Congreso una proposición no de ley en la que se pide a Cultura que presente en un plazo de seis meses su propuesta de reforma. La iniciativa se debatirá la semana que viene.

Es de esperar que para entonces, la Sección Segunda de la Comisión de la Propiedad Intelectual esté funcionando a pleno gas. Nada menos que dos años y medio después de iniciada la accidentada tramitación de la ley Sinde-Wert.

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