sábado, 28 de septiembre de 2013

“SUMANDO VOTOS PARA EL 2016”

Por Miguel A. Rodríguez

AL CIRCO O COMISION POLITICA DEL PRD DE CAMBITA

Entiendo que en Cambita, en plena campaña electoral para elegir al presidente de la Republica en elecciones pasadas y en la más reciente, hubieron muchos miembros y dirigentes del PRD que hicieron pronunciamientos públicos exhortando a la militancia perredeista a votar en contra de su candidato y otros se reunieron y se reúnen en secreto con altos funcionarios del gobierno de Leonel y de Danilo Medina y no tengo conocimiento que el actual CIRCO o COMISION POLITICA fuera convocada para SANCIONAR O EXPULSAR A NADIE por traición, pero en el caso de las elecciones de ASEUCAM, que según mi parecer la TETA era muy buena para algunos miembros de ese CIRCO que se hace llamar COMISION POLITICA y que cada uno de ellos/as sabe el personaje que juega dentro del CIRCO. Aquí le dejo el Articulo 51 de los Estatutos del PRD, por si desean ilustrarse un poco.


ART. 51. Son faltas sujetas a juicio disciplinario en el Partido, entre otras, las siguientes:
a) Hacer declaraciones públicas que no estén de acuerdo con la línea del Partido en lo doctrinario, estratégico o táctico, o sobre asuntos políticos acerca de los cuales no se hayan pronunciado todavía los organismos o funcionarios(as) del Partido calificados para ello.
b) Promover actos de violencia o de indisciplina en el Partido, o participar en ellos.
c) Faltar al respeto y la debida consideración a los(as) dirigentes(as) y demás compañeros(as) del Partido.
d) Irrespetar las decisiones de los organismos y autoridades calificadas del Partido a todos los niveles. Quienes sean dirigentes(as) y deban hacer respetar esas decisiones y no cumplan con esa obligación serán, asimismo, pasibles de juicio disciplinario. El desacato de las Resoluciones de los organismos superiores, se considerará falta grave.
e) Dejar de cumplir las obligaciones y deberes políticos que les haya sido asignados como militantes y dirigentes(as) del Partido.
f) Aceptar cargos públicos importantes o de dirección sin la previa aprobación del Comité Ejecutivo o de su Comisión Política.
g) Realizar cualquier tipo de gestión por cuenta o en favor de otra organización o candidato(a) que no sea del Partido, o en perjuicio de éste(a) o de sus candidatos(as), sin la expresa aprobación de la Comisión Política, el Comité Ejecutivo Nacional o, en su defecto, del(la) Presidente(a) del Partido.
h) Promover acciones dirigidas a alcanzar beneficio personal o grupal en detrimento de los intereses del Partido y de su unidad.
i) Dar, recibir o recabar dinero u otros bienes a título político o para realizar campaña sin la debida autorización de la organización o no rendir debida cuenta de los mismos.
j) Apropiarse de fondos del Partido o públicos.
k) Incumplir con la obligación de aportar la cuota ordinaria fijada por el Partido.
l) Cometer crímenes o delitos u observar mala conducta notoria.
m) Divulgar documentos, informaciones o reuniones consideradas como secretas o confidenciales por los organismos correspondientes del Partido, o sus dirigentes(as) superiores.

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