Santo Domingo, R. D.-La Suprema Corte de Justicia
(SCJ) declaró admisible los recursos de casación contra Víctor Díaz Rúa,
interpuesto por la Fundación Primero Justicia y la Fiscalía del
Distrito Nacional, y fijó audiencia pública para el 5 de mayo a las 9:00
de la mañana.
La comunicación, firmada y sellada por la
secretaria general de la Suprema, Grimilda de Subero, dice: “Les informo
que en fecha 31 de marzo de 2015 la SCJ dictó una resolución cuyo
dispositivo dice así: “Primero declara admisibles los recursos de
casación interpuesto por la Fundación Primero Justicia y Yeni Berenice
Reynoso, fiscal titular, contra la resolución número 244-PS-2014,
dictada por la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación
del Distrito Nacional, el 19 de noviembre del 2014”.
Durante el proceso, el ingeniero Víctor Díaz Rúa
elevó una instancia contentiva de “petición de nulidad de investigación
de todos los actos de investigación realizados”. El exfuncionario
es investigado por presunta violación a los artículos
174,175,176,177,178,179,189,183 del Código Penal Dominicano, artículos 1
y 2 de la Ley 1486, artículos 31, Ley 340-06, artículos 146 de la
Constitución Dominicana y Convención Interamericana Contra la
Corrupción.
El 10 de octubre del 2014, el juez Leomar Cruz
dispuso mediante resolución: rechazar la excepción de incompetencia
planteada por el Ministerio Público, a la cual se adhirió la parte
querellante que actuó a nombre de la Fundación Primero Justicia, y
Freddy Aguasvivas, y la parte querellante actuando a nombre del
Movimiento Cívico Ciudadanos Contra la Corrupción (C3).
Además, declaró nulos todas y cada una de las
actuaciones que hasta esa fecha componen el proceso de investigación
seguido a Día Rúa. En fecha 4 de mayo del 2012, la Fundación Primero
Justicia procedió a interponer formal querella con constitución en actor
civil contra el Díaz Rúa, por corrupción administrativa.
Consta en el expediente que el fecha 17 de octubre
del 2014 la Fundación Primero Justicia interpuso su correspondiente
recurso de apelación contra la citada decisión, por ser la misma
violatoria de la ley en los artículos 7,11, 12, 95, 281, 291 del Código
Procesal Penal, entre otros.
Para el conocimiento de ese recurso de apelación
resultó apoderada la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de
Apelación del Distrito Nacional, la cual declaró el 19 de noviembre del
2014 buena y valido el recurso en cuanto a la forma interpuesto por la
fiscal del Distrito.
Durante el proceso el juez se inhibió y en su
lugar fue nombrada la juez titular del Cuarto Juzgado de la Instrucción
del Distrito Nacional, Margarita Cristo Cristo, la cual fue recusada,
sin embargo, continuó el proceso y procedió a decidir sobre su propia
recusación declarándola inadmisible y rechazándola.
En fecha 21 de mayo del 2014, el juez coordinador
de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, aceptó dicha
inhibición y posteriormente nombró al magistrado Juez de Paz de
Tránsito, Leomar Cruz, para el conocimiento de dicho proceso.
Fuente: El Nuevo Diario
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